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Impulsan que los funcionarios Municipales declaren sus bienes en Formosa
[28/02 | 16:10 ] El Concejo Deliberante de la Municipalidad capitalina analizará un proyecto de ordenanza que impone a los funcionarios de todos los estamentos de la comuna a declarar sus bienes.




El proyecto fue presentado por el concejal Juan Carlos Amarilla (UCR) quien consideró que la medida “pretende cubrir un vacío legal existente en nuestro sistema normativo municipal en resguardo de la calidad institucional y el derecho a la información ciudadana, respecto de todos aquellos que presten servicios remunerados en el sector público municipal”.

“La palabra ética prácticamente no es mencionada en nuestras leyes provinciales y ordenanzas municipales, menos aún lo referido a la idoneidad para desempeñar cargos públicos y la absoluta necesidad de la declaración del patrimonio y su evolución antes, durante y después de prestar desempeño en determinado cargo o función”, sostuvo el edil.

El proyecto de ordenanza implica la declaración jurada patrimonial de los funcionarios del Departamento Ejecutivo, Tribunal Administrativo de Faltas y del Honorable Concejo Deliberante, que regirá a partir de la promulgación de la ordenanza, de acuerdo a las siguientes pautas.

Los funcionarios públicos obligados a la presentación serán: el intendente; secretarios, coordinadores de Unidades Ejecutoras y directores del Departamento Ejecutivo; concejales; jueces de faltas; secretarios y directores del Juzgado de Faltas; secretarios y directores dependientes del Concejo Deliberante; todos los que ocupen un cargo de naturaleza política en cualquier ámbito del municipio; y todos los funcionarios que manejen fondos municipales.

La forma de presentación prevé que las declaraciones juradas patrimoniales contendrán una descripción completa del estado patrimonial del funcionario, de su cónyuge y de los hijos a su cargo.

Deberá detallarse el activo (en el país y/o en el exterior), indicando los bienes inmuebles y muebles registrables, fecha, precio de adquisición y valor estimativo al momento de la declaración; así como también saldos acreedores de cuentas bancarias, créditos y participaciones en sociedades comerciales.
Deberá detallarse el pasivo (en el país y/o en el exterior), indicando datos personales de los acreedores, monto y condiciones de las deudas.
|| Fuente:  ( El Comercial - Formosa )



 
 













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