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Radares en rutas bonaerenses: empezarían a cobrar multas en el mes de febrero
[24/01 | 14:12 ] La idea es que los nuevos controles estén en funcionamiento para la segunda quincena Las multas por excesos de velocidad en rutas, semiautopistas y autopistas bonaerenses comenzarían a aplicarse a partir de febrero, una vez que sea instalado el sistema de radares que se utilizará para controlar que se cumplan los límites fijados por la nueva ley de Tránsito.



La elección de las zonas en las que serán instalados los radares se realizaría 'de acuerdo al mapa de siniestralidad'


La utilización de los radares en las rutas de la Provincia fue prohibida en 1998 con una ley que luego fue prorrogada en seis oportunidades. La última venció en octubre pasado y ahora el gobierno bonaerense habilitó su regreso, al modificar por decreto el Código de Tránsito y permitir la utilización de un sistema que "no podrá concesionarse ni privatizarse".

La idea es "homogeneizar la normativa provincial con la nacional" y para eso se establece que para el control de la velocidad se podrán utilizar "instrumentos cinemómetros", entendiendo como tales a los elementos tecnológicos "de administración automática o semiautomática" que impidan "la posibilidad de alteración por parte del hombre".

La Provincia no cuenta actualmente con radares que cumplan con esas características, pero, según señalaron a EL DIA calificadas fuentes gubernamentales, estarían avanzadas las gestiones para que "antes que finalice el mes de febrero" se pueda poner en marcha el nuevo sistema de control de velocidad, con la aplicación de multas a los infractores.

Una de las variantes que se analiza para agilizar el arribo de los radares y, sobre todo, poder empezar a cobrar multas (que serán de hasta 2.000 pesos), es "arrendar" ese sistema a alguna de las empresas que lo comercializa.

En ese caso, debería tratarse de un instrumento con características técnicas idénticas a las que comercialicen otras empresas, de manera que en una segunda etapa se abra una licitación para la compra definitiva de los radares que se usarán en las rutas.

La otra variante es convocar a una licitación cerrada, a la que serían invitadas a participar las empresas más importantes del rubro. En este caso, se demoraría la puesta en marcha del nuevo sistema. Y en esto también podría incidir la decisión que tome el Gobierno sobre los "juzgados de infracciones de tránsito".

Esos tribunales serán creados para sancionar a los que cometan faltas en las rutas que controlará la Provincia. Una de las posibilidades que analiza el Gobierno es empezar a usar los radares y que hasta tanto estén en funcionamiento esos órganos, las sanciones que se apliquen a los infractores sean derivadas a los juzgados de faltas municipales.

LIMITES DE VELOCIDAD

Los límites de velocidad previstos en zonas urbanas serán de 40 kilómetros por hora en calles y 60 en avenidas.

En tanto, en las zonas rurales (rutas), el máximo permitido para motos, autos y camionetas será de 110 kilómetros por hora; en las semiautopistas será de 120 kilómetros y en las autopistas se permitirá circular a una velocidad de hasta 130 kilómetros.

En cambio, los microbuses, ómnibus y casas rodantes deberán circular a una velocidad máxima de 90 kilómetros por hora, tanto en zonas rurales, como semiautopistas y autopistas, mientras que los vehículos que transporten sustancias peligrosas deberán hacerlo a 80 kilómetros.

El decreto que dispone el regreso de los radares precisa que "no podrán privatizarse ni concesionarse las acciones vinculadas al contralor directo de las infracciones", las cuales quedarán a cargo exclusivamente de la Provincia, en el caso de las rutas, y de los municipios, en el caso del ejido urbano.

Establece además que "toda infracción que se detecte en la vía pública deberá ser notificada o puesta en conocimiento del infractor a una distancia no superior a diez kilómetros de ocurrido el hecho, siempre que las circunstancias así lo permitan, a efectos de dar cumplimiento a la cesación de la falta", remitiéndose posteriormente las actuaciones para su juzgamiento.

También determina que el operativo de control "se efectuará a distancias seguras y adecuadas para garantizar detenciones efectivas y sin riesgos, y de modo tal de no entorpecer la fluidez y confortabilidad de la circulación ni provocar situaciones de inseguridad vial, debiendo señalizarse y balizarse correctamente el sector donde se efectuará".

SEÑALIZACION

El decreto no lo establece, pero en la reglamentación de esa norma se especificaría que en las zonas rurales, semiautopistas y autopistas, los sistemas deberían ser instalados en "tramos rectos", y la presencia del radar debería ser advertida a los automovilistas con "placas estáticas" ubicadas "a no menos de 600 metros" del lugar en el que se encuentre el controlador de velocidad.

En el caso de los caminos urbanos, las señalizaciones deberían ser ubicadas "a no menos de 70 metros".

También estará sujeto a reglamentación que tanto en las rutas como en el casco urbano, los radares tendrían que ser colocados "a la derecha" del trazado vial, aunque también se permitiría instalarlos "a ambos lados" en los lugares en los que, por las características del camino, "sea necesario".

MULTAS

La elección de las zonas en las que serán instalados los radares se realizaría "de acuerdo al mapa de siniestralidad", ya que, según explican en el gobierno bonaerense, "la idea no es usar este sistema con fines recaudatorios, como ocurría antes, sino de prevención y concientización".

El diseño de ese "mapa de siniestralidad" está a cargo de la Policía de Seguridad Vial que, a través de una resolución firmada por el ministro León Arslanián, fue autorizada en diciembre del año pasado a "organizar, planificar y ejecutar" las acciones vinculadas al control de velocidad en las rutas.

En la resolución -previa a la firma del decreto del Gobernador que modificó todo el Código de Tránsito- se autorizó además a la Policía Vial a "utilizar radares o cinemómetros" para controlar el cumplimiento de los límites y a "detener al vehículo infractor, a fin de hacer cesar su inconducta" y notificar al conductor de las velocidades máximas permitidas.

En los controles "preventivos" que se pusieron en marcha en la última semana de diciembre los policías no están habilitados a imponer sanciones a los conductores, ya que, según explicó Arslanián en la resolución, el objetivo de esos operativos era "llevar adelante una campaña educativa, de concientización para la prevención de los accidentes en ruta y de disuasión de las faltas por exceso de velocidad"

Ahora, con la nueva ley de Tránsito en la mano, la Provincia dará el paso siguiente y sancionará con multas a los conductores que no respeten las velocidades máximas establecidas para rutas, semiautopistas y autopistas.

|| Fuente: (El Dia - La Plata)



 
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